Actualidad sobre medidas cautelares en materia de patentes de invención en Argentina
Palabras clave:
ADPIC, Daño irreparable, Derecho de Patentes, Medidas cautelares innovativas, Medidas rápidas y eficaces, Presunción de validez de las patentes, Propiedad Industrial, Tutela efectivaResumen
En Argentina, en materia de derecho de patentes, medidas cautelares innovativas fueron otorgadas a partir del 2001 en plazos y condiciones razonables para los titulares de patentes mediante la aplicación directa del artículo 50 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), el cual expresamente faculta a los jueces a otorgar medidas cautelares rápidas y eficaces destinadas a evitar y/o hacer cesar la infracción de cualquier derecho de propiedad industrial.
Sin embargo, la modificación legislativa introducida en esta materia en el año 2004, y en particular, la manera en que viene siendo interpretada y aplicada por la jurisprudencia en los últimos años, ha llevado en la práctica a la desnaturalización del instituto cautelar y por ende a la frustración de todo el sistema de protección de las patentes.
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- 2018-03-01 (1)