Plataformas de redes sociales: un enfoque para la legislación del sistema interamericano

Autores/as

  • Agustina Ordoñez

Palabras clave:

plataformas de redes sociales, derechos humanos, responsabilidad, ley modelo, sistema interamericano

Resumen

En los últimos años, las plataformas de redes sociales han estado en el ojo de la tormenta. El caso de Cambridge Analytica, las campañas de desinformación contra Hillary Clinton en 2016, la censura de Trump en Twitter o la denuncia realizada en 2021 por la whistleblower Francis Haugen son ejemplos de ello.

Hoy en día existe un debate mundial sobre si las redes sociales deben o no ser reguladas, cómo debería ser esa regulación y qué consecuencias podría tener. Por ejemplo, la Unión Europea ya ha establecido dos programas: la Ley de Servicios Digitales ("DSA") y la Ley del Mercado Digital ("DMA"), que crean un marco legal para este entorno. En Estados Unidos hay un debate abierto sobre cuál debe ser el papel del gobierno.

Las principales preocupaciones que se han planteado a favor de su regulación son sobre su contenido y políticas de privacidad, así como el uso de los datos personales proporcionados por los usuarios.

Según se desprende de esta investigación, la falta de regulación de las plataformas de redes sociales supone un riesgo concreto a garantías y derechos básicos de las personas. Por ello, esta regulación tendría carácter de urgente, puesto que permitiría establecer límites, obligaciones y la responsabilidad legal de las empresas propietarias de estas plataformas virtuales. A su vez, permitiría regular y adecuar su funcionamiento a las garantías de los usuarios.

El desafío inicial en la redacción del modelo de legislación fue la creación de consensos sobre las definiciones del objeto a regular o el –objeto de estudio– y sus conceptos relacionados. Una de las principales contribuciones de este trabajo es la clara conceptualización de cada término, lo que permite contar con un terreno común para iniciar el debate sobre las posibles formas de regulación de las plataformas de las redes sociales. En este sentido, esta investigación repiensa la conceptualización de las plataformas de redes sociales y el enfoque para determinar la responsabilidad en las cuatro preguntas y en los derechos mencionados anteriormente.

Dado que las redes sociales son un recurso internacional, es necesario que la legislación sea lo más global posible. Es por ello que este estudio se inserta dentro del sistema interamericano, entendiendo que la base legal común de los países involucrados es la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En primer lugar, esta investigación brinda una definición uniforme y completa de los conceptos clave para una eventual legislación. En segundo lugar, responde a tres preguntas principales: quién será el encargado de hacer cumplir la legislación y vigilar el cumplimiento, cómo se garantizará su cumplimiento y cuáles son los peligros y amenazas de contar con una legislación de rigor. Finalmente, propone una legislación estándar consistente que cualquier país del sistema interamericano podría considerar al legislar plataformas de redes sociales en su propio territorio.

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Biografía del autor/a

Agustina Ordoñez

Agustina Ordoñez es politóloga por la Universidad del Salvador, 2021-22 Fox International Fellow en la Universidad de Yale, M.A. (c) en Periodismo en la Universidad de San Andrés y 2021-22 Visiting Fellow en el Information Society Project en la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale. Actualmente trabaja como asesora en el Congreso de la Nación Argentina. Contacto: agustina.ordonez@yale.edu.

Citas

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YouTube, “Hate Speech Policy”, YouTube Policies. Última modificación: 5 de enero, 2022.

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Publicado

2022-12-20

Cómo citar

Ordoñez, A. (2022). Plataformas de redes sociales: un enfoque para la legislación del sistema interamericano. Revista Jurídica De La Universidad De San Andrés, (14), 49–88. Recuperado a partir de https://revistasdigitales.udesa.edu.ar/index.php/revistajuridica/article/view/159

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